El arraigo de segunda oportunidad, regulado en el nuevo reglamento de extranjería que entrará en vigor el próximo 20 de mayo de 2025, ofrece una nueva alternativa para aquellos extranjeros que hayan perdido su autorización de residencia en los últimos dos años. Esta figura jurídica reemplaza al antiguo arraigo laboral, ampliando el acceso a la regularización de aquellos que, por diversas razones, no pudieron renovar su permiso de residencia.
Contenido
- 1 ¿En qué consiste el arraigo de segunda oportunidad?
- 2 Requisitos generales para la solicitud del arraigo de segunda oportunidad
- 3 Requisitos específicos para la solicitud del arraigo de segunda oportunidad
- 4 Arraigo de segunda oportunidad vs. arraigo laboral
- 5 Procedimiento para solicitar el arraigo de segunda oportunidad
- 6 Prórroga de la autorización para arraigo de segunda oportunidad
¿En qué consiste el arraigo de segunda oportunidad?
El arraigo de segunda oportunidad es un tipo de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Es una nueva figura introducida por el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, y está destinado a aquellas personas que, habiendo tenido un permiso de residencia en España en los dos años anteriores, no lograron renovarlo por cualquier motivo, como olvidar el plazo de renovación o encontrarse fuera del país por vacaciones. Sin embargo, es importante señalar que esta vía no está abierta para quienes hayan perdido su permiso por motivos relacionados con el orden público, la seguridad o la salud.
Con la introducción de esta nueva figura, se busca una regularización más accesible, reemplazando al arraigo laboral, que en la última década ha tenido una aplicación limitada debido a las dificultades para acreditar las relaciones laborales. Se asume que el arraigo social ya cumple su función en la generación de empleo, y por ello se centra más en regularizar situaciones de residencia sin un vínculo laboral formal.
Modalidades de arraigo en el nuevo reglamento de extranjería | |||||
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Arraigo de Segunda Oportunidad | Arraigo Sociolaboral | Arraigo Social | Arraigo Socioformativo | Arraigo Familiar | |
Permanencia previa en España | 2 años | 2 años | 2 años | 2 años | No requerida |
Requisito específico | Haber perdido permiso de residencia recientemente excepto si fue por causas graves | Acreditar contrato de trabajo | Acreditar vínculos familiares o integración en la sociedad | Estar cursando o haberse matriculado en cursos de formación | Ser familiar directo de un ciudadano de la UE |
Permiso de trabajo | Sí | Sí, mínimo 20h semanales | Sí | Sí, máximo 30h semanales | Sí |
Destinatarios | Personas que perdieron su permiso por causas distintas a seguridad u orden público o salud pública | Trabajadores con contrato | Personas con vínculos familiares o sociales en España | Personas matriculadas en cursos de formación | Padres o tutores de ciudadanos españoles o de la UE |
Requisitos generales para la solicitud del arraigo de segunda oportunidad
Se podrá conceder una autorización de residencia temporal por razones de arraigo cuando la persona extranjera cumpla de forma acumulativa los siguientes requisitos generales:
- Situación irregular: El solicitante debe encontrarse en situación irregular en España en el momento de la solicitud y no ser solicitante de protección internacional.
- Permanencia continuada: Se requiere que el solicitante haya residido de forma continuada e ininterrumpida en España durante los dos años anteriores a la solicitud. En caso de haber solicitado protección internacional, no se computará el tiempo en que se estuvo en espera de la resolución de dicha solicitud.
- Ausencia de amenazas: No podrán acogerse al arraigo de segunda oportunidad aquellas personas cuya permanencia en el país represente una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública.
- Antecedentes penales: El solicitante debe carecer de antecedentes penales, tanto en España como en los países en los que haya residido en los cinco años anteriores a la solicitud.
- No figurar como rechazable: La persona debe tener la condición de no rechazable en los países con los que España tenga firmado un convenio sobre readmisión.
- No estar en el plazo de compromiso de no retorno: No debe estar dentro del período en que se ha comprometido legalmente a no regresar a España.
- Pago de la tasa: Se deberá abonar la tasa correspondiente por la tramitación del procedimiento.
Requisitos específicos para la solicitud del arraigo de segunda oportunidad
Además de los requisitos generales mencionados, se establece que el solicitante debe haber sido titular de una autorización de residencia en los dos años anteriores a la solicitud, siempre que esta no haya sido concedida por circunstancias excepcionales.
Así mismo, la pérdida del permiso no debe estar relacionada con causas de orden público, seguridad o salud pública. No obstante, será posible solicitarlo si existe sentencia denegatoria, sobreseimiento o absolución de la pena.
Los supuestos son muchos, por ejemplo, el permiso de residencia se puede haber perdido por:
- No haber podido modificar la residencia para búsqueda de empleo.
- No haber podido renovar la tarjeta comunitaria.
- No haber llegado a trabajar con un permiso por cuenta propia y no lo has podido renovar.
- Has perdido tu tarjeta como profesional altamente cualificado.
- No alcanzaste la cotización mínima con tu permiso por cuenta ajena y no lo has podido renovar.
- Se te pasó el plazo de renovación de tu permiso, etc.
Arraigo de segunda oportunidad vs. arraigo laboral
El arraigo laboral ha sido una vía de regularización para los extranjeros que, tras dos años de residencia en España, podían acreditar una relación laboral de al menos seis meses. Sin embargo, esta figura ha sido utilizada de manera marginal, principalmente por las dificultades que existen para demostrar la relación laboral, ya sea por falta de pruebas o por situaciones que impiden la formalización del contrato.
Procedimiento para solicitar el arraigo de segunda oportunidad
El proceso para solicitar el Arraigo de Segunda Oportunidad implica varios pasos:
- Recopilación de documentación: Incluye pruebas de los requisitos generales y específicos de este tipo de arraigo.
- Presentación de la solicitud: Se debe realizar en la Oficina de Extranjería correspondiente.
- Pago de tasas: Es necesario abonar las tasas establecidas para la tramitación del permiso.
- Seguimiento: Una vez presentada la solicitud, se debe realizar un seguimiento para garantizar que no se requiera información adicional.
Prórroga de la autorización para arraigo de segunda oportunidad
La autorización obtenida mediante el arraigo de segunda oportunidad tendrá una duración de un año y podrá ser prorrogada, siempre que el solicitante cumpla con los requisitos establecidos.
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