Cómo pagar el Impuesto de Sucesiones sin gastar dinero propio

Recibir una herencia puede ser un proceso emocional y complejo, especialmente cuando se trata de gestionar los trámites administrativos y financieros que conlleva. Uno de los pasos más importantes es el pago del Impuesto de Sucesiones, un tributo que se debe satisfacer antes de poder hacer efectiva la herencia. Sin embargo, ¿qué hacer si no tienes dinero suficiente para pagar este impuesto? Afortunadamente, existe una solución: pagar el Impuesto de Sucesiones con el dinero de la propia herencia.

¿Qué es el Impuesto de Sucesiones?

El Impuesto de Sucesiones es un tributo que grava el aumento en el patrimonio del heredero cuando recibe los bienes de la herencia. Este impuesto es obligatorio y debe pagarse antes de poder disfrutar de los bienes heredados. La normativa española permite que los herederos puedan utilizar parte del dinero de la herencia para pagar este impuesto, evitando así tener que gastar su propio dinero.

Es importante destacar que este impuesto varía significativamente entre las diferentes Comunidades Autónomas de España, tanto en sus tipos impositivos como en las bonificaciones aplicables.

Cómo pagar el Impuesto de Sucesiones con el dinero de la herencia

Si el fallecido tenía una cuenta bancaria o inversiones, el heredero puede solicitar a la entidad financiera que utilice una parte de estos fondos para cubrir el tributo. Este procedimiento está regulado por el artículo 80 del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aprobado por el Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre.

Concretamente, se prevé que la entidad bancaria pueda enajenar valores depositados a nombre del causante y, con cargo a su importe o al saldo existente en cualquier tipo de cuenta, proceda a librar un talón a nombre del Tesoro Público por el importe exacto de la liquidación del impuesto de sucesiones.

Para iniciar el trámite, es necesario presentar ciertos documentos, como el certificado de defunción, la declaración de herederos o el testamento y el certificado del Registro de Últimas Voluntades. Tras verificar la documentación, la entidad financiera puede emitir un cheque a nombre de la Agencia Tributaria para pagar el impuesto, haciendo posible que el heredero reciba la herencia sin realizar un pago propio.

El procedimiento para realizar el pago de esta manera lo explica el Banco de España en su página web.

Para pagar el Impuesto de Sucesiones con el dinero de la herencia, los herederos deben seguir estos pasos:

  • Solicitar el anticipo de fondos: Los herederos deben solicitar a la entidad bancaria que libere parte del dinero de la herencia para pagar el impuesto. Para ello, deben presentar:
    • El certificado de defunción,
    • El certificado del Registro de Actos de Última Voluntad y
    • Una copia del último testamento o de la declaración de herederos abintestato.
  • Emisión de talones y pago del impuesto: Una vez que la entidad bancaria reciba la solicitud, emitirá los talones correspondientes a nombre del Tesoro Público por el importe exacto del impuesto. Estos talones se utilizarán para pagar el Impuesto de Sucesiones, que será gestionado por la propia entidad bancaria emisora.

Beneficios de pagar el Impuesto de Sucesiones con el dinero de la herencia

Pagar el Impuesto de Sucesiones con el dinero de la herencia ofrece varios beneficios:

  • Evitar problemas financieros: Al utilizar el dinero de la herencia, los herederos evitan tener que gastar su propio dinero, lo que puede ser especialmente útil en situaciones económicas complicadas.
  • Facilidad administrativa: Este mecanismo simplifica el proceso de pago del impuesto, ya que la entidad bancaria se encarga de los trámites necesarios.
  • Cumplimiento de la normativa: La normativa española permite este procedimiento, garantizando que los herederos puedan cumplir con su obligación tributaria sin afectar su situación financiera.

¿Qué hacer si no existe dinero líquido en la herencia?

Cuando la herencia consiste principalmente en bienes inmuebles u otros activos no líquidos, la cosa se complica. En este caso, las opciones para pagar con bienes de la propia herencia son mucho más limitadas.

La solución: pagar con los bienes heredados

La legislación española prevé mecanismos para facilitar el pago del Impuesto de Sucesiones utilizando los propios bienes de la herencia, pero estos se limitan a bienes del Patrimonio Histórico Español.

Pago en especie

El pago en especie permite saldar la deuda tributaria entregando bienes del Patrimonio Histórico Español. Esta opción está regulada por el artículo 80 del Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y puede ser una solución para herencias que incluyan obras de arte u otros bienes de valor histórico inscritos en el Inventario General de Bienes Muebles o en el Registro General de Bienes de Interés Cultural.

Fraccionamiento del pago

Como último recurso, la ley también permite solicitar el fraccionamiento del pago del impuesto. Esta opción puede ser útil cuando la herencia incluye bienes que generan rentas, como alquileres de inmuebles, que pueden utilizarse para ir pagando el impuesto de forma escalonada. El fraccionamiento se regula en el artículo 39 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

En conclusión, podemos decir que el pago del Impuesto de Sucesiones con los bienes heredados representa una solución viable y legal para aquellos herederos que se enfrentan a dificultades económicas para afrontar esta obligación fiscal. Esta opción no solo facilita el cumplimiento tributario, sino que también permite a los herederos conservar intacto su patrimonio personal.

Es importante recordar que cada caso es único y que las circunstancias particulares de cada herencia pueden influir en la idoneidad de esta solución. Por ello, siempre es recomendable buscar asesoramiento profesional para evaluar la mejor estrategia a seguir.

Si este tema te dejó con más preguntas que respuestas, estaré encantada de ayudarte. ¡No dudes en contactarme! Resolver problemas legales es mi especialidad… y evitar que lleguen a ser problemas también.

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