Asesoramiento personalizado en Derecho de Familia

¿Qué es el Derecho de Familia? El Derecho de Familia es la rama del Derecho que se encarga de regular las relaciones jurídicas que surgen entre los miembros de una familia. Esto incluye tanto los aspectos personales como los patrimoniales.

Explícanos tu caso y recibe asesoría legal personalizada.

Primera consulta gratis

Derecho de familia - Ana María Jiménez Alcolea - Abogado en Socuéllamos, Ciudad Real

Servicios

Consútanos sin compromiso

Atención inmediata y eficiente

Ofrecemos asesoramiento en materia de Derecho Familiar de forma ágil, garantizando siempre un servicio de calidad orientado a obtener los resultados esperados.

Mayor tranquilidad

Tanto en asuntos delicados, contar con un abogado te proporciona mayores garantías en la protección de tus derechos y los de tus seres queridos, ayudándote a evitar conflictos y asegurar acuerdos justos

Asesoramiento personalizado

Cada caso es único y merece una atención dedicada y especializada para garantizar la mejor solución posible.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la patria potestad?

La patria potestad es el conjunto de derechos y deberes que tienen los padres sobre sus hijos menores de edad, incluyendo su cuidado, educación, y administración de sus bienes.

Un acuerdo de custodia puede ser modificado si hay un cambio significativo en las circunstancias que afecten el bienestar del menor. Esto requiere presentar una solicitud ante el juzgado para su revisión y aprobación.

La mediación familiar es un proceso en el que un mediador neutral ayuda a las partes en conflicto a alcanzar acuerdos mutuamente satisfactorios, evitando la necesidad de un juicio contencioso.

Los abuelos tienen derecho a mantener relaciones personales con sus nietos, incluyendo visitas regulares. Este derecho puede ser solicitado judicialmente si los padres impiden el contacto.

El derecho de alimentos es un concepto jurídico que establece la obligación de una persona (el deudor alimentario) de proporcionar a otra (el acreedor alimentario) todo lo necesario para su subsistencia. Esto incluye no solo la alimentación, sino también vivienda, vestido, asistencia médica, educación y todo aquello que resulte indispensable para vivir de manera digna.

¿Quiénes tienen derecho a alimentos?

Principalmente, el derecho de alimentos se aplica entre familiares cercanos, como:

  • Ascendientes y descendientes: Padres e hijos, abuelos y nietos.
  • Cónyuges: Durante el matrimonio y en ciertos casos después de la separación o divorcio.

La filiación es el vínculo jurídico que une a los hijos con sus padres biológicos. Este vínculo establece una serie de derechos y obligaciones entre padres e hijos, como el derecho a la herencia, el deber de alimentos, la patria potestad y el derecho a ser cuidado y protegido. La determinación de la filiación es fundamental para establecer estos derechos y obligaciones.

  • Paternidad matrimonial: Se presume que el marido de la madre es el padre del hijo nacido durante el matrimonio o dentro de los 300 días siguientes a su disolución.
  • Acción de reclamación de paternidad o maternidad: Cuando existe una duda sobre la filiación, se puede iniciar un proceso judicial para determinar la paternidad o maternidad biológica.
  • Acción de impugnación de la paternidad o maternidad: Si se ha inscrito erróneamente a una persona como padre o madre, se puede solicitar la anulación de esa inscripción.

La tutela y la curatela son instituciones jurídicas diseñadas para proteger los derechos y bienes de aquellos que, por diversas razones, no pueden ejercerlos por sí mismos. Ambas figuras tienen como objetivo garantizar el bienestar y la seguridad de las personas que se encuentran en una situación de vulnerabilidad.

  • Tutela: Se aplica a menores de edad que no tienen padres o cuyos padres no pueden ejercer la patria potestad, así como a mayores de edad que no pueden valerse por sí mismos. El tutor representa legalmente al tutelado en todos los actos de la vida civil, ya que se considera que este carece de capacidad para tomar decisiones por sí mismo.
  • Curatela: Se aplica a personas mayores de edad que conservan parte de su capacidad de obrar, pero necesitan asistencia para realizar determinados actos jurídicos. El curador complementa la capacidad del curatelado, asistiéndolo en aquellos actos en los que no puede actuar por sí solo.

En España se ha producido un cambio significativo en la forma en que se protege a las personas que necesitan apoyo para ejercer su capacidad jurídica.

Anteriormente, cuando una persona no podía valerse por sí misma para tomar decisiones, se la declaraba «incapaz» y se le asignaba un tutor que tomaba las decisiones por ella. Esta figura de la incapacitación total era considerada muy restrictiva y limitaba considerablemente los derechos de las personas.

La nueva figura: Apoyo a las personas con discapacidad:

Con la entrada en vigor de la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, se ha producido un cambio radical.  

  • Se elimina la incapacitación: En lugar de declarar a una persona incapaz, se habla de «apoyo» a las personas con discapacidad.
  • Se prioriza la autonomía: La nueva ley busca garantizar el máximo grado de autonomía posible para las personas con discapacidad, respetando su voluntad y preferencias.
  • Se establecen medidas de apoyo individualizadas: En función de las necesidades de cada persona, se establecen medidas de apoyo a medida, como la curatela, la guarda de hecho o los sistemas de apoyo profesional.

¿Necesitas asesoramiento legal en materia de familia? Contacta con nosotros y te brindaremos una atención personalizada. Te ayudamos a resolver tus dudas y a encontrar la mejor solución para tu caso.

¡Consúltanos hoy mismo para conocer más!