En la sociedad actual, muchas parejas optan por la separación de hecho en lugar de formalizar su ruptura mediante un divorcio o una separación judicial. Los motivos pueden ser variados: evitar enfrentamientos con la pareja, ahorrar en costes legales, o simplemente la comodidad de dejar las cosas como están. Sin embargo, esta decisión puede acarrear importantes inconvenientes legales y económicos. En este artículo exploraremos qué es la separación de hecho, cómo afecta a las partes implicadas y por qué resulta fundamental regularizar la situación.
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¿Qué es la separación de hecho?
La separación de hecho se produce cuando los cónyuges deciden cesar la convivencia matrimonial, pero sin acudir al procedimiento judicial correspondiente para formalizar dicha situación. Aunque la pareja deje de vivir junta, siguen existiendo todos los derechos y obligaciones derivados del matrimonio, ya que no se ha modificado su estado civil.
Según el Código Civil español, el matrimonio genera derechos y deberes entre los cónyuges, como el deber de ayuda mutua y el mantenimiento del hogar (artículo 68 del Código Civil). La separación de hecho, al no disolver el matrimonio, no extingue estas obligaciones.
Inconvenientes económicos de la separación de hecho
Uno de los mayores riesgos de la separación de hecho está relacionado con el régimen económico matrimonial. En España, salvo que se haya pactado lo contrario en capitulaciones matrimoniales, el régimen aplicable por defecto es el de sociedad de ganancias (artículo 1344 del Código Civil). Este régimen implica que los bienes adquiridos durante el matrimonio, así como los frutos y rendimientos generados por dichos bienes, pertenecen a ambos cónyuges por igual, con independencia de quién haya contribuido a generarlos.
Ahora bien, mientras la sociedad de gananciales no se extinga legalmente, los ingresos y pérdidas generadas por cualquiera de los cónyuges se consideran comunes y corresponden a ambos por mitad. Esto significa que, incluso en caso de una separación de hecho —es decir, una ruptura no formalizada judicialmente—, las ganancias, deudas y responsabilidades económicas de cualquiera de los cónyuges seguirán afectando al patrimonio común.
La sociedad de gananciales solo cesa cuando se produce la disolución mediante alguna de las causas previstas en el artículo 1392 del Código Civil , como la declaración de separación legal, el divorcio, la nulidad matrimonial o la decisión de ambos cónyuges de establecer un régimen de separación de bienes a través de capitulaciones matrimoniales. Hasta que esto ocurra, el riesgo de que las deudas o compromisos financieros de uno de los cónyuges repercutan en el patrimonio compartido es considerable, lo que puede tener graves consecuencias económicas para ambos. Por ello, es fundamental formalizar la separación o el divorcio en el ámbito judicial, de modo que se delimiten claramente los patrimonios y responsabilidades de cada cónyuge.
El artículo 1393.3 del Código Civil establece que la sociedad de gananciales se puede disolver a petición de uno de los cónyuges si transcurre un año desde la separación de hecho, pero hay que hacerlo a través de un procedimiento judicial.
La jurisprudencia ha intentado suavizar los efectos negativos de la no disolución de la sociedad de gananciales tras la separación de hecho, interpretando que dicha sociedad puede considerarse disuelta desde el momento de la separación, en atención al principio de buena fe y al fundamento esencial de la sociedad de gananciales, que es la convivencia conyugal. Por lo tanto, una vez cesa la convivencia, debería cesar también la sociedad de gananciales.
Pero no deja de ser un problema, ya que la falta de formalización judicial deja abierta la puerta a conflictos sobre derechos y obligaciones derivadas del matrimonio que habría que demostrar ante los tribunales.
¿Puedo reclamar pensión de alimentos?
Para reclamar judicialmente el impago de una pensión de alimentos, es necesario que exista una sentencia judicial que haya establecido esta obligación y fijado la cuantía. En el caso de una separación de hecho este requisito no se cumple.
En caso de que durante los años de separación de hecho uno de los progenitores haya asumido en solitario todos los gastos relacionados con los hijos, podría solicitar, al formalizar el divorcio, una compensación por las cantidades adelantadas. Sin embargo, estas reclamaciones suelen ser complejas y dependen de la documentación que acredite el momento de la separación, los pagos realizados y la ausencia de contribución por parte del otro progenitor.
Consecuencias legales de la separación de hecho
- Obligaciones entre los cónyuges: Aunque los cónyuges no convivan, siguen obligados a prestar alimentos al otro si lo necesita (artículo 143 del Código Civil). Esto incluye los gastos necesarios para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica. En caso de conflicto, cualquiera de los cónyuges podría reclamar judicialmente el cumplimiento de estas obligaciones, incluso estando separados de hecho.
- Herencias y derechos sucesorios: Otro aspecto problemático de la separación de hecho es el mantenimiento de los derechos hereditarios entre los cónyuges. Si uno de ellos fallece, el otro seguirá siendo heredero forzoso y podría reclamar su porción legal en la herencia. Este hecho puede resultar especialmente conflictivo si el fallecido había iniciado una nueva relación de pareja o si la separación de hecho era irreversible.
- Custodia de los hijos: En caso de haber hijos menores, la separación de hecho no regula cuestiones tan importantes como la custodia, el régimen de visitas o la pensión de alimentos. Esto puede dar lugar a situaciones de incertidumbre y a conflictos judiciales posteriores. Formalizar la separación mediante un procedimiento judicial permite establecer medidas que garanticen el bienestar de los hijos y reduzcan los conflictos entre los progenitores.
- Problemas fiscales: La separación de hecho, mantiene el estado civil de «casados» a efectos fiscales, lo que conlleva diversos inconvenientes tributarios. Aunque teóricamente se conserva la opción de tributación conjunta, en la práctica, es poco probable que se acceda a esta modalidad si se beneficia al otro. Además, se pierde la deducción por adquisición de vivienda habitual para quien abandona el domicilio familiar, una ventaja reservada solo para casos de separación judicial o divorcio. La separación de hecho, al no estar formalizada legalmente, crea una zona gris fiscal que suele resultar más desventajosa que beneficiosa para ambas partes.
Ventajas de regularizar la separación
Formalizar la separación o el divorcio mediante un procedimiento judicial permite resolver de manera clara y definitiva los aspectos económicos, legales y personales derivados de la ruptura matrimonial. Algunas de las principales ventajas son las siguientes:
- Disolución del régimen de gananciales: A partir de la sentencia de separación o divorcio, cada cónyuge administra su propio patrimonio, evitando conflictos sobre la titularidad de los bienes adquiridos.
- Establecimiento de medidas paternofiliales: La regulación judicial permite fijar la custodia, el régimen de visitas y las pensiones de alimentos de forma clara y vinculante.
- Protección de derechos sucesorios: Formalizar el divorcio elimina los derechos hereditarios entre los cónyuges, evitando reclamaciones inesperadas en el futuro.
- Seguridad jurídica: Contar con una resolución judicial proporciona certidumbre y evita litigios posteriores, reduciendo el riesgo de conflictos.
Cómo proceder para formalizar la separación o el divorcio
El procedimiento para regularizar la situación matrimonial dependerá de si los cónyuges están de acuerdo en las condiciones de la separación o el divorcio:
- De mutuo acuerdo: Si ambos cónyuges están de acuerdo, pueden presentar una demanda de separación o divorcio de mutuo acuerdo, acompañada de un convenio regulador. Este documento establece las condiciones económicas y personales de la ruptura, como el uso de la vivienda familiar, la custodia de los hijos y las pensiones. El proceso es más rápido y económico que el contencioso.
- Contencioso: Si no hay acuerdo, uno de los cónyuges puede presentar una demanda contenciosa. En este caso, será el juez quien determine las condiciones de la separación o el divorcio. Este procedimiento suele ser más largo y costoso, pero garantiza que se resuelvan todos los aspectos de la ruptura.
La separación de hecho puede parecer una solución cómoda para evitar conflictos o gastos, pero a largo plazo puede generar serias complicaciones legales y económicas. Formalizar la ruptura matrimonial mediante un divorcio o una separación judicial no solo ofrece seguridad jurídica, sino que también permite regular de forma equitativa los derechos y obligaciones de ambas partes.
Si este tema te dejó con preguntas, estaré encantada de ayudarte. ¡No dudes en contactarme! Resolver problemas legales es mi especialidad… y evitar que lleguen a ser problemas también.